La Crisis de Pareja nos
afecta directamente a nuestra esfera personal, y cuando no podemos reconducirla
nos vemos obligados a tomar decisiones al respecto.
Estas decisiones afectan a
aspectos tan importantes como la guarda de los hijos, la pensión alimenticia o la atribución del uso de la vivienda en común, y ante esta situación lo más
recomendable es que las partes lleguen a un acuerdo sobre los puntos a tratar a
través de un procedimiento de mutuo acuerdo.Hay que tener en cuenta que la aprobación judicial de este acuerdo en forma de sentencia, aun siendo firme y ejecutiva, se puede modificar a través de un procedimiento concreto: La modificación de medidas.
El requisito fundamental es que se haya producido una alteración substancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta cuando se llegó al acuerdo inicial, ya sean cambios a nivel personal o económico.
Un ejemplo puede ser la perdida de ingresos como una situación de cierta permanencia en el tiempo, que no pueda considerarse como transitoria, que pueda conllevar la necesidad de reducir la pensión alimenticia.
Otra situación podría ser la independencia económica del hijo en común, que conlleva la posibilidad de solicitar la extinción de la pensión alimenticia.
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