Cuando tenemos una sentencia de separación o divorcio que establece una pensión de alimentos a abonar mensualmente por parte del progenitor tenemos que valorar lo siguiente:
MODIFICACIÓN DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS
Si las circunstancias tenidas en cuenta en la sentencia de separación o divorcio se han alterado de forma substancial y perdurable en el tiempo ( no una circunstancia puntual) podemos interponer una demanda de modificación de medidas.
El Código Civil determina que la pensión de alimentos se cuantifica en proporción a las posibilidades del alimentante y las necesidades del alimentista ( hijo/s).
Si bien las necesidades de los hijos pueden variar a lo largo del tiempo, el progenitor obligado al pago de la pensión puede verse en situación de desempleo de larga duración.
En este caso, valoraremos el caso particular y la documentación necesaria para asesorar al cliente sobre la viabilidad de reducir la pensión de alimentos y calculando una nueva pensión ajustada a la situación actual.
Confíe en nuestro despacho y contacte para asesorarse.
M.Ángeles Povedano Picola
Abogada Col. 1676 ICAMAT
Tel. 639.49.00.51