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Mostrando las entradas etiquetadas como gastos extraordinarios

Cifrar la pensión de alimentos. Gastos ordinarios y gastos extraordinarios.

Para determinar la cuantía de la pensión de alimentos se tienen en cuenta varios factores. Uno de ellos, y considero que es el más importante, es la posibilidad del alimentante o persona obligada al pago y las necesidades del alimentista ( los hijos en común). Existen una serie de escalas en función de los ingresos y número de hijos en común que nos sirven de guía para determinar la pensión de alimentos de los hijos. La pensión de alimentos se abona mensualmente en la cuenta corriente del progenitor custodio ( el padre o madre con el que estan los hijos la mayor parte del tiempo). Esta cantidad se actualizará cada año en función de las variaciones que experimente el IPC, y para elllo tenemos en cuenta la fecha de la sentencia de separación o divorcio para llevar a cabo la actualización. En la web del INE ( Instituto Nacional de Estadistica) puede actualizarse la pensión de alimentos de forma sencilla y rápida. La diferencia entre gastos ordinarios y gastos extrao...

Gastos extraordinarios en el Convenio Regulador de divorcio

Los Gastos Extraordinarios són aquellos imprevisibles en el momento de redactar el Convenio Regulador y no periódicos. La pensión de alimentos se basa en una cantidad mensual que se actualiza cada año conforme el IPC más el abono de los llamados Gastos Extraordinarios en la proporción que las partes pacten. Si los ingresos de las partes son similares, el abono de esta partida se estipulará en el Convenio Regulador de divorcio al 50%. Si una de las partes cuenta con ingresos sensiblemente superiores a la otra, podemos pactar el abono al 70% y 30% respectivamente. La premisa básica para que no genere conflicto el abono de esta partida es notificar o avisar a la otra parte del gasto concreto y que preste su consentim...