La guarda y custodia compartida supone un beneficio para los hijos en común, puesto que comparten un tiempo similar con ambos progenitores. En algunos casos, la Guarda y Custodia compartida no es viable precisamente porque no se considera beneficiosa para los menores. Aspectos como un mínimo diálogo entre los progenitores con la finalidad de que la información que se debe compartir se lleve a cabo, la distancia entre ambos domicilios y el centro escolar o los horarios laborales son aspectos a tener en cuenta para la viabilidad de una guarda y custodia compartida. Una comunicación inexistente entre las partes o conflictiva impediría el desarrollo normal de una custodia compartida, pues es necesario un buen entendimiento entre las partes para el intercambio de información relativa los hijos en común. Así lo ponen de manifiesto reiteradas sentencias de Tribunales especializados en derecho de Familia (A.P. Barcelona Secc. 18ª S. 20 diciembre 2006, 8 enero 2007 )...
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