Para plantear la privación de la patria potestad se debe tener en cuenta el carácter protector de esta medida respecto al menor , que no debe utilizarse con la finalidad de castigar una conducta de los padres , pues aunque la consecuencia sea una efectiva privación de derechos del mismo, debe primar en todo momento el principio favor filii . En el ámbito de la privación de la potestad, tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como las sentencias de las Audiencias Provinciales, confirman lo anterior al destacar de forma reiterada el carácter protector a que responde la adopción de la medida. Es por ello que los tribunales lo interpretan de forma restrictiva y estricta. Jurisprudencia del Tribunal Supremo y las Audiencias Provinciales en este sentido : · Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de abril de 2000 [ RJ 2000, 2982] ) “ … la privación total o par cial de la patria potestad requiere la realidad de un efectiv...
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